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28 diciembre, 2014 8:00 pm Comentarios desactivados en 23

El régimen aplicable a la unión o división de los diferentes pisos o locales de un edificio regido por la propiedad horizontal ¿es necesario el consentimiento de la Junta de Propietarios? Comentario a la Resolución de 25 de octubre de 1996 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, SEPIN, marzo 1997, núm. 168, pp. 49-55.

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