El Profesor Carlos Gómez de la Escalera recibe el Premio Santiago Gutiérrez Anaya de la Propiedad Inmobiliaria, en su VIII edición, de manos de la consejera de Justicia y Administración Pública de Andalucía, Begoña Álvarez Civantos, en el curso de la cena celebrada el 23 de julio de 2009, en el Hotel Alfonso XIII de Sevilla.

3 agosto, 2009 7:02 am Comentarios desactivados en El Profesor Carlos Gómez de la Escalera recibe el Premio Santiago Gutiérrez Anaya de la Propiedad Inmobiliaria, en su VIII edición, de manos de la consejera de Justicia y Administración Pública de Andalucía, Begoña Álvarez Civantos, en el curso de la cena celebrada el 23 de julio de 2009, en el Hotel Alfonso XIII de Sevilla.

Este premio constituye un homenaje a Santiago Gutiérrez Anaya, gran experto inmobiliario fallecido en 1999, y fue instituido para fomentar el estudio y análisis de cuestiones de relevancia y actualidad relacionadas con el sector inmobiliario, en sus aspectos jurídicos.

En el trabajo galardonado, titulado «El conjunto inmobiliario como supuesto de hecho básico para la aplicación del régimen de la propiedad horizontal», el autor explica cómo el concepto del conjunto inmobiliario constituye hoy una categoría dogmática, ampliamente utilizada en la doctrina y en la práctica jurídica, con la finalidad de organizar u ordenar más apropiadamente ciertas realidades inmobiliarias que se caracterizarían por la existencia de una pluralidad de fincas susceptibles de aprovechamiento independiente, llamadas a pertenecer a una pluralidad de personas, que se hallan vinculadas entre sí por un punto de conexión jurídica, y que conforman una unidad orgánica sujeta a un régimen jurídico unitario.

Aunque el concepto del conjunto inmobiliario nace por la necesidad de aplicar el régimen de la propiedad horizontal a otras situaciones inmobiliarias distintas o que exceden del supuesto inicial de la propiedad horizontal, cuyo paradigma es la propiedad por pisos de un edificio, la llamada propiedad horizontal típica, la tesis del trabajo consiste en demostrar como actualmente para que pueda aplicarse el régimen de la propiedad horizontal es necesario que concurran todos los elementos que conforman el conjunto inmobiliario, razón por la cual el conjunto inmobiliario se erige en el supuesto de hecho básico de la propiedad horizontal. Partiendo de esta premisa se analizan los distintos supuestos de conjunto inmobiliario que hoy cabe distinguir: propiedad horizontal típica (edificio dividido en departamentos independientes), urbanizaciones privadas (propiedad horizontal tumbada), propiedad horizontal compleja (realidades inmobiliarias formadas por una pluralidad de edificaciones), propiedad horizontal por analogía (puertos deportivos, cementerios privados, etc.), propiedad horizontal excluyente de los principios de la accesión inmobiliaria (que permite la configuración como fincas independientes del suelo, vuelo o subsuelo de un mismo terreno), y el conjunto inmobiliario integrado por finca demanial y fincas patrimoniales sobre un mismo terreno. El trabajo termina analizando el concepto y elementos que definen el conjunto inmobiliario, con unas aportaciones relevantes en el plano dogmático.

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